La fianza puede otorgarse bajo condiciones específicas, como un día cierto o condiciones suspensivas. Esto permite adaptar la fianza a las necesidades de las partes involucradas.
ARTíCULO 2340 (DEL ART. 2) Art. 2340. La fianza puede otorgarse hasta o desde día cierto, o bajo condición suspensiva o resolutoria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definir claramente las condiciones de la fianza es fundamental para evitar disputas futuras y asegurar que todas las partes estén alineadas en sus expectativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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