CC

Artículo 359. Aplicación de reglas para guardadores

Si no se puede aplicar la regla del artículo anterior, se aplican otras reglas para los guardadores nombrados. Esto proporciona un marco legal claro para la administración de la tutela.

padremadreguardadorreglas

Texto Legal

ARTíCULO 359 (DEL ART. 2) Art. 359. Si no fuere posible aplicar la regla del artículo anterior, se aplicará a los guardadores nombrados por el testamento del padre y de la madre, las reglas de los artículos 361 y 363. PADRE MADRE GUARDADOR TESTAMENTO REGLAS TESTADOR FACULTAD DIVIDIR ADMINISTRACION

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Ignorar estas reglas puede resultar en una administración ineficaz de los bienes del menor, afectando su bienestar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 359 del CC?

Si no se puede aplicar la regla del artículo anterior, se aplican otras reglas para los guardadores nombrados. Esto proporciona un marco legal claro para la administración de la tutela.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 359 de la CC?

Ignorar estas reglas puede resultar en una administración ineficaz de los bienes del menor, afectando su bienestar.

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