Este artículo establece penas más severas para maquinistas que abandonen su puesto intencionalmente para causar daño. Las sanciones son más graves que las de otros artículos.
ART. 331. En el caso de abandono intencional por causar daño a alguna de las personas que iban en los trenes, se aplicarán al maquinista, conductor o guarda-frenos, según los casos y aumentadas en un grado, las penas que señalan los arts. 323, 324 Y 325.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El abandono intencional del puesto con la intención de causar daño puede resultar en penas severas, lo que representa un riesgo crítico para la seguridad pública y la operación ferroviaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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