CP

Artículo 39 BIS. Inhabilitación en ámbitos educacionales

El articulo 39 bis se refiere a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos en ámbitos educacionales relacionados con menores de edad. Esta pena tiene efectos severos sobre la capacidad de trabajar en estos sectores.

inhabilitacióneducaciónmenores

Texto Legal

ART. 39 bis. La pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, prevista en el artículo 372, produce: 1º La privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad que tenga el condenado. 2º La incapacidad para obtener los cargos, empleos, oficios y profesiones mencionados perpetuamente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es crítico para profesionales en educación, ya que una condena puede resultar en la pérdida permanente de la capacidad para trabajar con menores, afectando su carrera de manera irreversible.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 BIS del CP?

El articulo 39 bis se refiere a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos en ámbitos educacionales relacionados con menores de edad. Esta pena tiene efectos severos sobre la capacidad de trabajar en estos sectores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 BIS de la CP?

Este articulo es crítico para profesionales en educación, ya que una condena puede resultar en la pérdida permanente de la capacidad para trabajar con menores, afectando su carrera de manera irreversible.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 39 BIS del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 39 BIS CP desde tu celular