CP

Artículo 400. Aumento de penas por circunstancias

Las penas por lesiones aumentan si las víctimas son grupos vulnerables o si se cometen en contextos específicos. Este artículo protege a personas en situaciones de riesgo.

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Texto Legal

ART. 400. Si los hechos a que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutan en contra de alguna de las personas que menciona el artículo 5º de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, o con cualquiera de las circunstancias Segunda, Tercera o Cuarta del número 1º del artículo 391 de este Código, las penas se aumentarán en un grado. Asimismo, si los hechos a que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutan en contra de un menor de dieciocho años de edad, adulto mayor o persona en situación de discapacidad, por quienes tengan encomendado su cuidado, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado. De la misma forma, si los hechos a que se refieren el numeral 2° del artículo 397 y el artículo 399 se ejecutaren en contra de miembros de los Cuerpos de Bomberos en ejercicio de sus funciones, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Atacar a grupos vulnerables conlleva penas más severas. Esto resalta la importancia de considerar las circunstancias al actuar y las consecuencias legales que pueden surgir.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 400 del CP?

Las penas por lesiones aumentan si las víctimas son grupos vulnerables o si se cometen en contextos específicos. Este artículo protege a personas en situaciones de riesgo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 400 de la CP?

Atacar a grupos vulnerables conlleva penas más severas. Esto resalta la importancia de considerar las circunstancias al actuar y las consecuencias legales que pueden surgir.

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