Las expresiones calumniosas en documentos oficiales no destinados a la publicidad no pueden ser objeto de acusación penal. Esto protege a los funcionarios en el ejercicio de sus funciones.
ART. 427 Las expresiones que puedan estimarse calumniosas o injuriosas, consignadas en un documento oficial, no destinado a la publicidad, sobre asuntos del servicio público, no dan derecho para acusar criminalmente al que las consignó.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si trabaja en el sector público, es importante saber que ciertas expresiones en documentos no pueden ser perseguidas penalmente, lo que puede influir en la forma en que se comunican las decisiones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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