En situaciones de fuerza mayor, la dotación puede ser requerida a realizar labores adicionales. Esto debe ser documentado por el capitán en el cuaderno de bitácora.
Art. 101. Sólo en caso de fuerza mayor, calificada por el capitán de la nave y de la cual deberá dejar expresa constancia en el cuaderno de bitácora de ésta, la dotación estará obligada a efectuar otras labores, aparte de las indicadas en el artículo 100, sin sujeción a las condiciones establecidas en el artículo 12.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que el capitán documente adecuadamente estas situaciones para evitar malentendidos y posibles reclamaciones laborales futuras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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