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Artículo 131. Excepción para naves menores

Este articulo establece que las disposiciones no aplican a trabajadores en naves menores, a menos que haya un acuerdo entre las partes. Esto permite flexibilidad en la regulación laboral.

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Texto Legal

Art. 131. No se aplicarán las disposiciones de este párrafo a los trabajadores embarcados en naves menores, salvo acuerdo de las partes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de claridad en los acuerdos puede llevar a disputas sobre la aplicación de derechos laborales, lo que podría resultar en litigios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del CdT?

Este articulo establece que las disposiciones no aplican a trabajadores en naves menores, a menos que haya un acuerdo entre las partes. Esto permite flexibilidad en la regulación laboral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la CdT?

La falta de claridad en los acuerdos puede llevar a disputas sobre la aplicación de derechos laborales, lo que podría resultar en litigios.

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