El atraso en la presentación a las faenas por parte del trabajador se considera incumplimiento grave, permitiendo al empleador terminar el contrato. Esto establece un marco claro para la disciplina laboral.
Art. 140. Constituirá incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato y habilitará en consecuencia al empleador a ponerle término a éste, el atraso en que incurra el trabajador en la presentación a las faenas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Un manejo inadecuado de estas situaciones puede llevar a conflictos laborales y afectar la moral de los demás trabajadores.
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