CdT

Artículo 145 H. Obras por Cuenta de Terceros

Regula que si el empleador ejecuta la obra por cuenta de otra empresa, se aplican ciertas disposiciones del Código del Trabajo.

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Texto Legal

Artículo 145-H.- Cuando el empleador ejecute la obra artística o proyecto por cuenta de otra empresa, cualquiera sea la naturaleza jurídica del vínculo contractual, será aplicable lo dispuesto en los artículos 64 y 64 bis de este Código.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante entender estas disposiciones para evitar responsabilidades adicionales y asegurar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 H del CdT?

Regula que si el empleador ejecuta la obra por cuenta de otra empresa, se aplican ciertas disposiciones del Código del Trabajo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 H de la CdT?

Es importante entender estas disposiciones para evitar responsabilidades adicionales y asegurar el cumplimiento normativo.

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