CdT

Artículo 268. Participación en federaciones

La afiliación y desafiliación a federaciones deben ser acordadas por la mayoría de los afiliados mediante votación secreta, asegurando la democracia interna.

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Texto Legal

Art. 268. La participación de un sindicato en la constitución de una federación, y la afiliación a ellas o la desafiliación de las mismas, deberán ser acordadas por la mayoría absoluta de sus afiliados, mediante votación secreta y en presencia de un ministro de fe. El directorio deberá citar a los asociados a votación con tres días hábiles de anticipación a lo menos. Previo a la decisión de los trabajadores afiliados, el directorio del sindicato deberá informarles acerca del contenido del proyecto de estatutos de la organización de superior grado que se propone constituir o de los estatutos de la organización a que se propone afiliar, según el caso, y del monto de las cotizaciones que el sindicato deberá efectuar a ella. Del mismo modo, si se tratare de afiliarse a una federación, deberá informárseles acerca de si se encuentra afiliada o no a una confederación o central y, en caso de estarlo, la individualización de éstas. Las asambleas de las federaciones y confederaciones estarán constituidas por los dirigentes de las organizaciones afiliadas, los que votarán de conformidad a lo dispuesto en el artículo 270. En la asamblea constitutiva de las federaciones y confederaciones deberá dejarse constancia de que el directorio de estas organizaciones de superior grado se entenderá facultado para introducir a los estatutos todas las modificaciones que requiera la Inspección del Trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 223. La participación de una federación en la constitución de una confederación y la afiliación a ella o la desafiliación de la misma, deberán acordarse por la mayoría de los sindicatos base, los que se pronunciarán conforme a lo dispuesto en los incisos primero a tercero de este artículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de un proceso democrático en estas decisiones puede llevar a conflictos internos y a la desconfianza entre los afiliados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 268 del CdT?

La afiliación y desafiliación a federaciones deben ser acordadas por la mayoría de los afiliados mediante votación secreta, asegurando la democracia interna.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 268 de la CdT?

La falta de un proceso democrático en estas decisiones puede llevar a conflictos internos y a la desconfianza entre los afiliados.

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