Los reajustes legales no aplican a remuneraciones estipuladas en contratos colectivos. Esto protege acuerdos previos entre empleador y trabajadores.
Art. 43. Los reajustes legales no se aplicarán a las remuneraciones y beneficios estipulados en contratos y convenios colectivos de trabajo, en acuerdos de grupo negociador o en fallos arbitrales recaídos en una negociación colectiva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No considerar los contratos colectivos en los reajustes puede resultar en conflictos laborales y demandas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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