CdT

Artículo 43. Reajustes legales de remuneración

Los reajustes legales no aplican a remuneraciones estipuladas en contratos colectivos. Esto protege acuerdos previos entre empleador y trabajadores.

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Texto Legal

Art. 43. Los reajustes legales no se aplicarán a las remuneraciones y beneficios estipulados en contratos y convenios colectivos de trabajo, en acuerdos de grupo negociador o en fallos arbitrales recaídos en una negociación colectiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No considerar los contratos colectivos en los reajustes puede resultar en conflictos laborales y demandas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del CdT?

Los reajustes legales no aplican a remuneraciones estipuladas en contratos colectivos. Esto protege acuerdos previos entre empleador y trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la CdT?

No considerar los contratos colectivos en los reajustes puede resultar en conflictos laborales y demandas.

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