Los empleadores se clasifican en micro, pequeña, mediana y gran empresa según el número de trabajadores. Esta clasificación tiene implicaciones en la normativa laboral.
Artículo 505 bis. Para los efectos de este Código y sus leyes complementarias, los empleadores se clasificarán en micro, pequeña, mediana y gran empresa, en función del número de trabajadores. Se entenderá por micro empresa aquella que tuviere contratados de 1 a 9 trabajadores, pequeña empresa aquella que tuviere contratados de 10 a 49 trabajadores, mediana empresa aquella que tuviere contratados de 50 a 199 trabajadores y gran empresa aquella que tuviere contratados 200 trabajadores o más.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender tu clasificación es fundamental, ya que determina las obligaciones y derechos específicos que debes cumplir como empleador.
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