El número de aprendices en una empresa no puede exceder el diez por ciento del total de trabajadores a jornada completa. Esto busca equilibrar la formación y la fuerza laboral.
Art. 85. El porcentaje de aprendices no podrá exceder del diez por ciento del total de trabajadores ocupados a jornada completa en la respectiva empresa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Superar este porcentaje puede resultar en multas, por lo que es importante llevar un control adecuado del personal en la empresa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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