CdT

Artículo 84. Vigencia del contrato de aprendizaje

El contrato de aprendizaje tiene una vigencia máxima de dos años hasta la terminación del plan de aprendizaje. Esto asegura que los aprendices tengan un período definido para su formación.

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Texto Legal

Art. 84. El contrato a que se refiere este capítulo tendrá vigencia hasta la terminación del plan de aprendizaje, el que no podrá exceder de dos años.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental cumplir con la duración del contrato para evitar sanciones y asegurar que los aprendices reciban la formación adecuada dentro del tiempo estipulado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del CdT?

El contrato de aprendizaje tiene una vigencia máxima de dos años hasta la terminación del plan de aprendizaje. Esto asegura que los aprendices tengan un período definido para su formación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la CdT?

Es fundamental cumplir con la duración del contrato para evitar sanciones y asegurar que los aprendices reciban la formación adecuada dentro del tiempo estipulado.

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