El Fiscal Nacional tiene la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, conforme a la ley orgánica constitucional. Esto le otorga un papel central en la administración de la justicia.
Artículo 91.- El Fiscal Nacional tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, en conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El control del Fiscal Nacional sobre el Ministerio Público puede impactar la eficiencia y la dirección de las investigaciones, afectando directamente la percepción pública sobre la justicia.
Anterior
Art. 90. Aplicacion de normas al Fiscal Nacional
Siguiente
Art. 76. Poder Judicial y sus atribuciones
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo