CdT

Artículo 107. Distribución de jornadas

El armador, a través del capitán, es responsable de la distribución de las jornadas laborales. Esto es clave para la organización del trabajo a bordo.

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Texto Legal

Art. 107. El armador, directamente o por intermedio del capitán, hará la distribución de las jornadas de que trata el artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Una correcta distribución de las jornadas laborales asegura una operación eficiente y evita conflictos laborales entre la tripulación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 107 del CdT?

El armador, a través del capitán, es responsable de la distribución de las jornadas laborales. Esto es clave para la organización del trabajo a bordo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 107 de la CdT?

Una correcta distribución de las jornadas laborales asegura una operación eficiente y evita conflictos laborales entre la tripulación.

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