Este articulo regula la distribucion de turnos y equipos para el personal de oficiales de cubierta y de maquina en el servicio de mar. Asegura que las labores de higiene y mantenimiento se realicen adecuadamente.
Art. 113. Para el servicio de mar el personal de oficiales de cubierta y de máquina se distribuirá en turnos, y en equipos el personal de oficiales de servicio general. Asimismo, los tripulantes deberán trabajar en turnos o equipos según lo determine el capitán. La distribución del trabajo en la mar puede comprender igualmente las atenciones y labores de día y de noche, colectivas y discontinuas, que tengan por objeto asegurar la higiene y limpieza de la nave, el buen estado de funcionamiento de las máquinas, del aparejo, del material en general y de ciertos servicios especiales que el reglamento especificará.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Una mala organizacion de los turnos puede llevar a una disminucion en la eficiencia operativa y potenciales problemas de seguridad a bordo.
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