CdT

Artículo 40 BIS C. Distribución de jornada en contratos parciales

Se permite pactar alternativas de distribución de jornada en contratos a tiempo parcial, con aviso previo al trabajador. Esto ofrece flexibilidad en la organización del trabajo.

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Texto Legal

Art. 40 bis C. Las partes podrán pactar alternativas de distribución de jornada. En este caso, el empleador, con una antelación mínima de una semana, estará facultado para determinar entre una de las alternativas pactadas, la que regirá en la semana o período superior siguiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Una mala comunicación sobre la distribución de la jornada puede generar descontento entre los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 BIS C del CdT?

Se permite pactar alternativas de distribución de jornada en contratos a tiempo parcial, con aviso previo al trabajador. Esto ofrece flexibilidad en la organización del trabajo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 BIS C de la CdT?

Una mala comunicación sobre la distribución de la jornada puede generar descontento entre los trabajadores.

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